La noticia de la derogación de los artículos de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, por parte del Poder Ejecutivo, fue bien recibida por parte del sector, que según un estudio realizado por CANATUR, se libera de pagar mensualmente ¢17.993.362 por reproducir música.
La Cámara Nacional de Turismo CANATUR, reaccionó complacida ante la decisión presidencial de derogar los artículos de la Ley 6683 de los Derechos de Autor y Derechos Conexos, ya publicada en el Diario Oficial La Gaceta, (La Gaceta Nº 202 del 19 de octubre del 2009).
La medida abarca la revocación del artículo 4 del reglamento al artículo 50 de la Ley con sus respectivas reformas, estableciendo que las municipalidades deben dejar de exigir el pago de los derechos de autor como requisito para la obtención de patentes.
De igual forma los gobiernos locales no podrán exigir el pago por derechos de autor para brindar los permisos de operación y funcionamiento de restaurantes, bares, centros de entretenimiento y de hospedaje.
La decisión se tomó considerando que el cobro representa una barrera al comercio, al convertirse en un trámite innecesario para los dueños de negocios siendo un privilegio para una entidad privada, en este caso de la Asociación de Compositores y Autores Musicales, ACAM.
Esto regocija al sector turístico, y reconoce los esfuerzos realizados por CANATUR, la Cámara de Hoteles y la Cámara Costarricense de Restaurantes y Afines, las cuales denunciamos que la exigencia del pago a una entidad privada para la obtención de su patente representaba un obstáculo para el desarrollo de empresas turísticas y, en general, que pretenden generar empleo, afirmó Gonzalo Vargas, Presidente de CANATUR.
Vargas fue enfático en indicar que en lo concerniente al sector turístico, las grandes beneficiadas son las PYMES.
Édgar Marín, Presidente de la Cámara Costarricense de Restaurantes y Afines, considera que la derogación de los artículos es justa.
Representa un alivio. El empresario se encontraba en un estado de indefensión, porque ACAM establecía las tarifas sin ningún principio de objetividad y de forma completamente arbitraria, sentenció Marín.
Agregó que aunque se elimina la exigencia del pago de los derechos de autor para la concesión de patentes de los establecimientos, no significa que los empresarios se liberan de pagar dicho concepto.
Antes era una exigencia de pago para el otorgamiento de las patentes de las empresas, ahora la cancelación por concepto de derechos de autor se hará de acuerdo a las posibilidades financieras de los negocios, explicó Marín, quien agregó que el paso a seguir es que ACAM comience a negociar la forma de pago con cada patentado.
Alivio para todos.
En Costa Rica, existen alrededor de 1500 empresas de hospedaje y unas 4000 empresas dedicadas al turismo, de las cuales un 80% son catalogadas como MIPyMES.
El estudio realizado por CANATUR en el mes de mayo, reveló cuánto debían pagar las empresas turísticas por reproducir música, y reflejó que las empresas de hospedaje debían cancelar un monto de ¢14.145.100, de forma mensual. De igual forma para el sector de restaurantes y bares. En total, los restaurantes afiliados debían cancelar mensualmente ¢612.370, mientras que los bares ¢174.042.
Asimismo, el estudio indicó que las cifras globales que incluían todas las empresas del sector turismo trascendían a ¢17.993.362 colones mensuales.
Fuente: CANATUR