fbpx
 

Leyes y PermisosExpertos tributarios hacen un recordatorio sobre la amnistía que vence 4 de marzo

Nuria Mesalles6 años ago96586 min

Antes de esa fecha los deudores podrán pagar sin interés y tendrán la condonación de hasta un  80% de la sanción

 

  • 4 de enero concluye plazo del primer mes que ofrece mayor el mayor beneficio para ponerse al día con las deudas tributarias
  • Aplica para deudas por obligaciones tributarias devengadas antes de octubre de 2017

En medio de las carreras de fin y principio de año,  el 4 de enero es una fecha que no deberían pasar por alto quienes tienen deudas con la Administración Tributaria,  específicamente con la Dirección General de Tributación,  Dirección General de Aduanas,  IMAS, INDER e IFAM.

Suscríbase al boletín de Apetito.

* indicates required

El recordatorio resulta relevante porque el 4 de enero, vence el primer mes de la Amnistía Fiscal que contiene la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Reforma Fiscal).  Esa es la fecha límite para poder saldar las deudas con la Administración Tributaria, sin pagar intereses y con una condonación del 80% en las multas que dichas obligaciones hayan generado.  En otras palabras, explicó Luis Chacón, socio de la práctica de impuestos  de BLP, este primer mes, que va del 4 de diciembre al 4 de enero,  le permite al deudor gozar de la mayor ventaja que ofrece el período de amnistía, razón por la cual recomienda no irse de vacaciones sin antes haber resuelto sus compromisos tributarios.

Agregó que, para quienes se pongan al día en el segundo mes, que va del 5 de enero al 4 de febrero, la condonación de la sanción será del 70% y en el tercer mes, que vence el 4 de marzo, será del 60%.

El abogado de BLP explicó que, esta amnistía escalonada rige durante tres meses, a partir del 4 de diciembre que fue publicada la Ley y aplica para las obligaciones cuyo devengo han sido antes de octubre del 2017.

 

Según Chacón, en un año, la sanción por omisión de ingresos, contenida en el artículo 81 del Código Tributario, puede representar una gran cuantía que ronda entre un 50% a un 150% del impuesto dejado de pagar.  A eso le agregamos otras implicaciones como el hecho de que los empresarios que no tengan saldados sus compromisos, aparecerán en la lista de morosos de Tributación, podrían  ser susceptibles a  procesos de auditoría fiscal, que incluso generan más deudas para la empresa.  A esto le agregamos que no podrán participar en licitaciones públicas, e incluso, la Administración Tributaria podría compartir información con la Caja Costarricense de Seguro Social, que propiciaría fiscalizaciones también con esta entidad.

 

Este período de gracia le permite a los contribuyentes regularizarse y resolver de forma sencilla su estatus actual, sin temor a sufrir el proceso que el no estar al día le podría generar más adelante.

 

Sobre BLP

BLP es un bufete de abogados que fue fundado en marzo del 2003 con la visión de convertirse en verdaderos aliados de negocios de sus clientes, razón por la cual, ha sido catalogado como una de las firmas de abogados más importantes en Centroamérica por parte de reconocidos rankings de índole legal y de negocios. Este año nuevamente recibió por quinta ocasión la distinción de ser el mejor bufete de Costa Rica, según Chambers and Partners.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Más notas interesantes

    Related Posts

    [bt_bb_article_container show_sticky="show-in-list" show_previous_posts="hide" order_by="default" author_filter="" category_filter="Leyes y Permisos" responsive="" publish_datetime="" expiry_datetime="" el_id="" el_class="" el_style=""][bt_bb_single_article image_position="background" image_type="square" color_scheme="" responsive="" el_id="" el_class="" el_style="" columns="3" rows="1" title_size="medium" show_categories="no" show_author="no" show_date="subtitle" show_comments="subtitle" show_readingtime="bottom" show_viewcount="bottom" show_postformat="show-media" publish_datetime="" expiry_datetime="" h_tag="h4" image_format="horizontal-rectangle-3x2" show_excrept="no" gap="15"][/bt_bb_single_article][/bt_bb_article_container]

    Suscríbase al boletín de Apetito.

    * indicates required