fbpx
 

Leyes y PermisosLey No. 4946

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA<br /><br />ARTÍCULO.- Los trabajadores de restaurantes, bares y otros establecimientos análogos, tendrán derecho a propina cuando su servicio se preste en las mesas.<br /><br />
Nuria Mesalles17 años ago16916 min

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

ARTÍCULO.- Los trabajadores de restaurantes, bares y otros establecimientos análogos, tendrán derecho a propina cuando su servicio se preste en las mesas.

Suscríbase al boletín de Apetito.

* indicates required

ARTÍCULO 2.- La propina autorizada conforme a esta ley, será de un 10% con respecto al monto total de la consumición correspondiente.  La propina para los efectos de registrarla por escrito se llamará: “servicio 10%”.

ARTÍCULO 3.- No es obligatoria la propina para consumisiones inferiores a diez colones o en los casos en que el servicio en las mesas lo presta el propietario del negocio.

ARTÍCULO 4.- Los patronos no deberán participar del beneficio de la propina y no deberán impedir transferir en el cobro legal de la misma, por parte de sus trabajadores.  Cualquier suma que por ese concepto, deje de percibir en el trabajador por causa imputable a patrono se  considerará como una deuda de éste con aquel.  Con relación al monto se le aplicarán al patrono las mismas disposiciones y sanciones que el Código de Trabajo establece para todo lo relacionado con el salario.
(Así reformado por el artículo 1: de la ley No. 5635 del 9 de diciembre de 1974)

ARTICULO 5.- El Ministerio de Trabajo reglamentará todo lo relativo a esta ley.

ARTICULO 6.- El Ministerio de Trabajo reglamentará todo lo relativo a esta ley.

ARTICULO 7.- Esta ley rige a partir del 1 de febrero de 1972.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Asamblea Legislativa.-   San José, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos setenta y dos.

Daniel Oduber Quirós
Presidente

Edwin Muñoz Mora                                                                     Angel Edmundo Solano C.
 Primer Secretario                                                                           Segundo Secretario

Casa Presidencial.-  San José, a los tres días del mes de febrero de mil novecientos setenta y dos.

José Figueres F.
Presidente

                                                                                                Danilo Jiménez V.
Ministro de Trabajo y Seguridad Social

Revisada al 25-11-98.- AN.-
Sanción 3-2-72
Rige 1-2-72
Publicación 8-2-72

0 comments

  • gloria nelsy gutierrez roa

    11/10/2012 at 16:32

    es ta ley lodise todo asi tiene que ser no deberiamos de cambiarla ahora que seles ocurre poner el dies como salario esto es del cliente para el salonero no para la caja del seguro social o aquien sele ocurre que a una persona de sesenta ycinco años la tengan de salonero porfavor piensen en las consecuencias a futuro delo que puede a carear esta ley insolita miles de saloneros nos vemos perjudicados dejen las cosasa como estan y porsu puesto gracias por preocuparse porla vida del salonero

    Reply

  • alejandro moreno alvarado

    27/10/2012 at 23:31

    al fin y al cabo los que estan desde hace 30 años en el poder se lo terminaran robando

    Reply

  • Asociación de Saloneros y Bartenders de Costa Rica

    05/11/2012 at 11:55

    Asociación de Saloneros y Bartenders de Costa Rica

    Hermanos ya esta lucha comenzó ahora es cundo vamos a ver si es cierto que nos van
    a dejar sin salario, en el nuevo centro de comercio Plaza tempo en Escazú hay un restaurante que se llama la Masía que era el mismo que el mismo que estaba ubicado e n casa España, muy bien esta gente se le alzo en huelga al dueño del negocio y todos se unieron y de una vez sentaron al patrón y le dijeron todos que o se comprometía a pagarles el salario a todos o todos juntos se iban de inmediato y le dejaban botado el negocio y adivinen que el hombre se comprometió con todos a pagarles el salario, eso es lo que necesitamos todos unirnos en un solo frente y sentar a los dueños de restaurantes que nos quieren esclavizar teniendo empleados sin salarios y si no creen lo que les digo vallan y pregunten en la masía ya les dijimos donde queda este restaurante.

    Reply

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Más notas interesantes

    Related Posts

    [bt_bb_article_container show_sticky="show-in-list" show_previous_posts="hide" order_by="default" author_filter="" category_filter="Leyes y Permisos" responsive="" publish_datetime="" expiry_datetime="" el_id="" el_class="" el_style=""][bt_bb_single_article image_position="background" image_type="square" color_scheme="" responsive="" el_id="" el_class="" el_style="" columns="3" rows="1" title_size="medium" show_categories="no" show_author="no" show_date="subtitle" show_comments="subtitle" show_readingtime="bottom" show_viewcount="bottom" show_postformat="show-media" publish_datetime="" expiry_datetime="" h_tag="h4" image_format="horizontal-rectangle-3x2" show_excrept="no" gap="15"][/bt_bb_single_article][/bt_bb_article_container]

    Suscríbase al boletín de Apetito.

    * indicates required