Leyes y PermisosLey de Incentivos para el Desarrollo Turístico
N° 6990
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico
CAPITULO PRIMERO
Propósitos de la Legislación
ARTÍCULO 1° - Se declara de utilidad pública la industria del turismo.
ARTÍCULO 2° - La presente ley tiene por objeto establecer un proceso acelerado y racional de desarrollo de la actividad turística costarricense, para lo cual se establecen los incentivos y beneficios que se otorgaran como estímulo para la realización de programas y proyectos importantes de dicha actividad.



