fbpx
 

HoteleriaFuera turismo sexual

<table cellSpacing=0 cellPadding=0 width="100%" border=0> <tbody> <tr> <td width=215> <div align=center>{mosimage}</div></td> <td vAlign=top rowSpan=2>Hace algunos días apetitoenlinea.com publicó la noticia de la firma en Costa Rica del CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTESCONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL EN VIAJES Y TURISMO que se llevó a cabo en la clausura del I Congreso Centroamericano de Turismo. Por eso a continuación les ofrecemos cuáles son los pormenores de dicho código y quiénes hasta el momento han dicho “Fuera al turismo sexual” y han dado su palabra de cumplimiento de dicho documento.</td></tr> <tr> <td width=215><font size=1>Milena Grillo, Directora Ejecutiva de Paniamor y Rosalía Gil, Ministra de Niñez y la Adolescencia, ambas en Costa Rica, fueron gestoras del Código de Conducta para la protección de niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual comercial asociada a viajes y turismo.</font></td></tr></tbody></table>
Nuria Mesalles20 años ago148015 min
{mosimage}
Hace algunos días apetitoenlinea.com publicó la noticia de la firma en Costa Rica del CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTESCONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL EN VIAJES Y TURISMO que se llevó a cabo en la clausura del I Congreso Centroamericano de Turismo. Por eso a continuación les ofrecemos cuáles son los pormenores de dicho código y quiénes hasta el momento han dicho “Fuera al turismo sexual” y han dado su palabra de cumplimiento de dicho documento.
Milena Grillo, Directora Ejecutiva de Paniamor y Rosalía Gil, Ministra de Niñez y la Adolescencia, ambas en Costa Rica, fueron gestoras del Código de Conducta para la protección de niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual comercial asociada a viajes y turismo.

El Código

Cualquier hotel, restaurante, rent a car y otros que deseen seguir los lineamientos deberán firmar este documento a manera de compromiso:

Suscríbase al boletín de Apetito.

* indicates required

Nosotros, la empresa ___________________________________________________

Considerando que la explotación de seres humanos, en cualquiera de sus formas, especialmente la sexual, y en particular cuando afecta a niños, niñas y adolescentes, vulnera los objetivos fundamentales del turismo y constituye una negación de su esencia; y

Amparados en instrumentos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Costa Rica en 1990; el Convenio 182 sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Costa Rica en 2001;       la Declaración de Estocolmo contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños, de 1996; el Código Ético Mundial para el Turismo de la Organización Mundial del Turismo y la Declaración de Yokohama, ambos del 2001; y

En cumplimiento de las disposiciones legales que sustentan la obligación del Estado costarricense y de todos sus ciudadanos, de garantizar la protección y el cumplimiento de los derechos de las personas menores de edad que habitan su territorio,  tales como la Constitución Política de la República de 1949, el Código de la Niñez y la Adolescencia de 1998, y la Ley contra la Explotación Sexual Comercial de Personas Menores de Edad, de 1999, y otras leyes conexas; y actuando

Con el aval pleno de nuestra JUNTA DIRECTIVA y cuerpo de trabajadores que la conformamos, formalmente declaramos que:

1.  Rechazamos la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en Costa Rica y en el mundo, en general y en particular en su modalidad asociada a viajes y turismo, por ser una conducta que lesiona los derechos fundamentales de estas personas y que es en todo contraria a  los objetivos intrínsecos de la actividad turística, cuales son,  fomentar la paz, los derechos humanos, el entendimiento mutuo, el respeto para todos los pueblos y culturas, y el desarrollo sostenible,

 

2. Denunciamos y condenamos a quienes se valen de la actividad turística y de las instalaciones y servicios que ofrece, para promover, facilitar o tolerar la ocurrencia de  explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes; y en virtud de lo expuesto

Resolvemos:

Suscribir el presente Código de Conducta para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes contra la Explotación Sexual Comercial en el Turismo, que se regirá por las siguientes cláusulas:

Artículo 1. Objeto: El presente Código es una declaración formal de libre adhesión que tiene por objeto establecer las normas de conducta para todas las personas que trabajamos en la empresa _______________________, encaminadas a proteger a las niñas, niños y adolescentes contra la Explotación Sexual Comercial asociada a viajes y turismo.

Artículo 2. Definiciones: Para todos los efectos de este Código adoptamos las siguientes definiciones:

Persona Menor de Edad: se entiende por persona menor de edad la persona que no ha cumplido los dieciocho años, según el Código de la Niñez y Adolescencia, Ley 7739.

Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes es una violación a los derechos de la niñez y la adolescencia; una modalidad de abuso que implica no solo la victimización sexual de una persona menor de edad por parte de otra, sino la obtención de una remuneración en dinero o en especie como producto de esta victimización; una forma contemporánea de esclavitud; y una actividad generadora de ingresos forzada y dañina para la sociedad y para el sector turístico. Incluye la prostitución, el tráfico y la pornografía en la que estén involucradas personas menores de edad.

Turismo Sexual: es la explotación sexual de personas menores de edad en su país de residencia por parte de extranjeros que visitan el país en calidad de viajeros o turistas. Incluye la promoción del país como punto accesible para el ejercicio impune de  esta actividad, a cargo de nacionales o extranjeros.

Artículo 3. Obligaciones:  en virtud del presente Código las personas, que conformamos la Empresa ____________________________________________, nos comprometemos  a tomar las medidas apropiadas para proteger a las personas menores de edad contra la explotación sexual comercial asociada a viajes y turismo, para lo cual

a. Haremos pública una política ética manifestando la posición de rechazo de la empresa en lo que se refiere a la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes.

b. Capacitaremos al personal de la empresa para que conozca y se conduzca de conformidad con las prácticas y políticas adoptadas por esta Empresa para la protección de las niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual comercial;  y para el adecuado manejo de situaciones de esta naturaleza que se les presenten en el ejercicio de labores. Los trabajadores y trabajadoras de la empresa actuarán como agentes preventivos de esta problemática, teniendo como principio el rector el del interés de las personas menores de edad afectadas.

c. Informaremos mediante la colocación de símbolos externos  a nuestros clientes y proveedores sobre  nuestra posición de rechazo a la explotación sexual comercial de personas menores de edad.

d. Presentaremos un informe anual a la Asociación Costarricense de Profesionales en Turismo y a la Asociación Costarricense de Operadores de Turismo, con copia a la Fundación Paniamor como organización afiliada a ECPAT International para Costa Rica, que contenga un reporte de las acciones que la empresa ha realizando   en este campo.

Artículo 4. Depositarios.   La Organización Mundial del Turismo, ECPAT International, la Fundación Paniamor, la Asociación Costarricense de Operadores de Turismo y la Asociación Costarricense de Profesionales en Turismo, serán los depositarios de un ejemplar del Presente Código, firmado en original.

En fe de lo anterior, firmamos en siete tantos, en la ciudad de San José,  Costa Rica, a las____________ horas del __ de setiembre del dos mil cuatro.

FIRMA Gerente de la Empresa

Empresas adscritas

Hasta el momento las empresas que se han comprometido son las siguientes:

TOTAL EMPRESAS PARTICIPANTES: 45
PERSONAS CAPACITADAS: 1,100

Total Hoteles 21
Hoteles Área Metropolitana
Tryp Corobici
Meliá Cariari (se capacitará además
al personal del Hotel  Meliá Conchal)
Bougainvillea
Hotel Presidente
Grupo Barceló
Hampton Inn
Apartotel El Sesteo
Sabana B&B
Tennis Club

Hoteles Puntarenas
Best Western Jacó Beach
Canciones del Mar
Divisamar
 
Empresas de Renta de Autos
National- Alamo Rent a Car
Payless Car Rental
Toyota Rent a Car
Sol Rent a Car
Dollar Rent a Car
Hola Rent a Car
Europcar
 
Operadores de Turismo
Tropic Joe´s Travel
Aventuras Naturales
Travel Excellence
Expediciones Tropicales
Interbus
Teleférico Bosque Lluvioso
Horizontes Nature Tours
Green Tropical Tours
Gray Line Tours
Turismo y Conservación
Costa Rica Temptation CRT
Swiss Travel
Camino Travel
Cielo Azul
 
Taxis
Taxis Unidos Aeropuerto
Sindicato Costarricense de Taxistas

Personal de cruceros
JAPDEVA- Personal de atención a cruceros

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Más notas interesantes

    Related Posts

    [bt_bb_article_container show_sticky="show-in-list" show_previous_posts="hide" order_by="default" author_filter="" category_filter="Hoteleria" responsive="" publish_datetime="" expiry_datetime="" el_id="" el_class="" el_style=""][bt_bb_single_article image_position="background" image_type="square" color_scheme="" responsive="" el_id="" el_class="" el_style="" columns="3" rows="1" title_size="medium" show_categories="no" show_author="no" show_date="subtitle" show_comments="subtitle" show_readingtime="bottom" show_viewcount="bottom" show_postformat="show-media" publish_datetime="" expiry_datetime="" h_tag="h4" image_format="horizontal-rectangle-3x2" show_excrept="no" gap="15"][/bt_bb_single_article][/bt_bb_article_container]

    Suscríbase al boletín de Apetito.

    * indicates required